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El Gobierno acorrala la protesta social

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El Gobierno acorrala la protesta social

Varios jóvenes afrontan condenas de hasta siete años de cárcel acusados de graves delitos por acciones que, en otro contexto, serían meras faltas. La reforma del Código Penal criminaliza a manifestantes pacíficos.

Brais Benítez
10 octubre 2013 Una lectura de 6 minutos
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BARCELONA // Las protestas en Barcelona durante la huelga general que se llevó a cabo en todo el país el 29 de marzo del año pasado han llevado ya a varios jóvenes ante el juez. Hasta siete años y medio de cárcel ha sido la pena solicitada para alguno de ellos acusados de desórdenes públicos, daños y delitos contra la seguridad vial, por haber volcado unos contenedores. Una solicitud de penas que ha sido consideradas como “absolutamente desproporcionada” por los movimientos sociales.

Estos movimientos denuncian un aumento de la represión policial y judicial de la protesta en una época de gran conflictividad social. La reforma del Código Penal (CP), que tipifica como delito nuevos métodos de protesta, no hace sino ahondar en la persecución de la disidencia y busca, según algunos letrados, disuadir a los ciudadanos de una participación activa en las manifestaciones.

Una represión que ha sido condenada esta semana por el Consejo de Europa, que el miércoles presentó las conclusiones del informe realizado tras la visita al país del comisario de Derechos Humanos. Los funcionarios europeos señalan que en España las autoridades recurren a un «uso excesivo de la fuerza» contra las manifestaciones ciudadanas, y condenan que  violaciones de los Derechos Humanos, como la tortura o el racismo institucional, siguen siendo practicados por los cuerpos policiales con un importante grado de impunidad.

También en Barcelona, en el barrio del Clot, tres huelguistas fueron absueltos en junio de los delitos que se les imputaban. En su proceso se habían personado como acusación, además de la Fiscalía, como es habitual, el Ayuntamiento y la Generalitat. El Consistorio pedía incluso una condena mayor de la que solicitaba el Ministerio Público: siete años y medio de cárcel por volcar contenedores, acusando de los delitos de desórdenes públicos, daños y contra la seguridad vial.

El juez dictaminó que la policía no había actuado diligentemente y no se habían podido probar los hechos que imputaban a los acusados. Pero estos jóvenes ya habían tenido que afrontar varios meses de angustia ante la posibilidad de pasar los próximos años de su vida entre rejas. “Existe una intencionalidad política de perseguir a los detenidos aquel día desde un punto de vista ejemplarizante”, afirma Hibai Arbide, abogado de otros tres manifestantes que por hechos similares han sido condenados este mes a 11 meses de prisión.

Los hechos que se les imputaban a los acusados, defiende Arbide, no podrían calificarse más que como faltas menores por daños. “Hubo una histeria mediática y una criminalización muy fuerte de lo que había pasado aquel día. Se focalizó mucho en los contenedores ardiendo por la espectacularidad de las imágenes, pero objetivamente es un daño muy poco importante, incluso económicamente. Para hacernos una idea, en la verbena de Sant Joan en Barcelona se quemaron 250 contenedores”, apunta.

En las distintas vistas judiciales que se han llevado a cabo por la huelga general del 29-M, el proceso ha seguido un patrón similar. Los jóvenes son detenidos en la calle, algunos de ellos -como defendió en el juicio celebrado en junio uno de los acusados y ratificaron varios testigos de la defensa-, cuando “pasaba por allí”. Tras las diligencias policiales, pasan a disposición del juez, que ordena medidas preventivas como la prisión eludible bajo fianza, en el caso de los tres jóvenes juzgados la semana pasada, de 3.000 euros.

Al llegar el juicio, ni los agentes que realizaron las detenciones, ni los operarios del servicio de limpieza del Ayuntamiento son capaces de determinar dónde estaban los contenedores que supuestamente sufrieron daños ni tampoco el valor económico de los destrozos ni en qué consistieron exactamente éstos. “Hay muy poca base jurídica para dictar una condena, pero el problema de esto es que, por decirlo de una manera un poco vulgar, tanto va el cántaro a la fuente que al final se acabará rompiendo”, afirma Arbide. “Bastaría que un juez se creyera la versión de los Mossos [d’Esquadra] para que pudiera aplicar una pena tan alta”.

Directrices políticas

La intencionalidad política de estos procesos, defiende Arbide, se demuestra por el hecho de que las administraciones se personen como acusación particular, sumándose a la Fiscalía. “La Fiscalía representa los intereses del Estado, así que se supone que ya está defendiendo los intereses tanto del Ayuntamiento como de la Generalitat. Pero en casi todos los juicios están personados ayuntamiento y Generalitat como acusación particular. Esto es una anomalía que no existe en ningún otro país de Europa”, asegura el abogado.

Andrés García, letrado de los tres huelguistas del Clot que fueron absueltos este verano, mantiene que estos procesos “se han tratado desde el principio con medidas propias del derecho penal del enemigo”, y se ha querido construir “un relato distinto para reprimir de manera extraordinaria y excepcional unos hechos que de otra manera podrían haber sido tratados en un juicio de faltas”.

Este tipo de relatos, formulados por la policía a instancias de sus superiores políticos, contarán, con la reforma del Código Penal aprobada por el Consejo de Ministros a finales de septiembre, con una cobertura legal. El Gobierno ve con preocupación que el aumento de la protesta social en los últimos años haya ido acompañada por nuevos métodos de movilización, pacíficos, que no cuadran entre las acciones tipificadas como delitos. Así que los ha convertido en delitos.

Por ejemplo el artículo 557 del nuevo CP, que convierte en delincuentes a quienes “actuando en grupo, invadan u ocupen, contra la voluntad del titular, el domicilio de una persona jurídica pública o privada, un despacho, oficina, establecimiento o local […] y causen con ello una perturbación relevante de su actividad normal”. Esta descripción describe a la perfección acciones como las emprendidas por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca en entidades bancarias, o por los iaioflautas en departamentos gubernamentales, la Bolsa o más recientemente en oficinas de la Seguridad Social.

Leyes a medida

“Es una actualización del Código para que la interpretación que hacen los responsables políticos y policiales sea posible, están intentando adecuar el Código a lo que ya intentan por la vía de facto”, sostiene Arbide. Óscar López, coordinador de la campaña contra la reforma promovida por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, y miembro de la Plataforma en Defensa de las Libertades Democráticas, denuncia que “estamos ante un articulado que atenta contra libertades de expresión, de opinión y de manifestación. Funciona claramente en base al capricho de sacar legislación que previamente no había sido delito para tipificar lo que antes no lo era”.

Los artículos reformados, critica López, se han escrito con una “falta de determinación y claridad en la exposición del articulado” que permite, por su propia imprecisión, “una subjetividad tanto en los jueces que hayan de juzgar el supuesto delito como en las fuerzas de orden público que hayan de actuar en el momento en que supuestamente se produce”. El nuevo artículo 559 del CP, por ejemplo, califica como delito acciones propias del ciberactivismo o el simple apoyo a una movilización, al penar «la distribución o difusión por cualquier medio de mensajes o consignas que inciten a la comisión de un delito de alteración del orden público […] o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo«.

“Hay una intención de amedrentar a los sectores sociales afectados por las políticas austericidas del Gobierno”, mantiene López, quien advierte del peligro de tipificar como delito acciones como estas en un momento en que “la gente está muy quemada, cabreada”.

Interrumpir el normal funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones o los medios de transporte público “y alterar con ello de forma grave la prestación normal del servicio” podrá conllevar penas de dos años de cárcel. Unas condenas que, de haber estado vigente este CP en abril del año pasado, hubieran podido recaer sobre los manifestantes que paralizaron 13 convoyes del Metro de Madrid en protesta por la subida de las tarifas. “¿Cómo se puede aplicar hasta dos años de prisión por lo que en todo caso es una interrupción del servicio durante unos minutos que no perjudica la seguridad física de nadie? Ni siquiera daña objetos o mobiliario urbano… Es una salvajada”, sentencia López.

Cada vez quedan menos rendijas para protestar sin consecuencias penales. Las condenas previstas para métodos tradicionales de la protesta pacífica, como la resistencia pasiva, sigue manteniéndose como hasta ahora. Finalmente, aseguró Gallardón, esta no se equipara al atentado a la autoridad, pero continua penada, junto a la desobediencia, con entre seis meses y un año de cárcel. La línea divisoria entre actos pacíficos y acciones violentas, sin embargo, se difumina cada vez más, tanto en la legislación como en las interpretaciones que hacen las autoridades de los hechos. No en vano dirigentes del PP equipararon los escraches de la PAH a sus diputados con actos de la kale borroka.

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Comentarios
  1. josetone dice:
    16/10/2013 a las 08:19

    Ser extremo y radical.
    Ser de un grupo incontrolado.
    Ser violento agitador.
    Es la magia de los términos.

    Esta canción va sobre eso exactamente.

    http://losculpablesdetodo2013.bandcamp.com/track/la-magia-de-los-terminos

    Responder
  2. Carmen dice:
    10/10/2013 a las 15:56

    Que sí, que ya estamos en las vísperas de la dictadura franquista otra vez.
    Ahora, igual que entonces, viene de la mano del capitalismo más salvaje y menos escrupuloso. Esa falta de sensibilidad y de escrúpulos es la causa de su riqueza y de que se imponga, como sea, sobre los pueblos.

    Responder
  3. AMADEUS dice:
    10/10/2013 a las 12:24

    Siempre salta un cojo que sabe escribir muy bien…

    La pregunta sería: ¿De qué hay que enterarse?

    Respuesta: De que vivimos en un estado nazi.

    Cervantes del gulag, no encuentro en tu pregunta el «de» por ningún lado.

    Responder
  4. uno del gulag dice:
    10/10/2013 a las 10:02

    Y por cierto, a ver si aprendéis a escribir:
    EL GOBIERNO ACORRALA LA PROTESTA SOCIAL

    Responder
  5. uno del gulag dice:
    10/10/2013 a las 09:19

    ¿Ahora os enteráis que vivís en un estado nazi? Nada, nada, seguid con vuestras diarreas de «activistas» sociales. Yo que vosotros me leía a Lenin y otros para entender algo.

    Responder
    • La comunicación para el pueblo dice:
      10/10/2013 a las 10:43

      Amigo, creo que confundes el hecho de que los periodistas de La Marea denuncien estas cosas con que se den cuenta. Llevan escribiendo sobre represión desde que nacieron. Pero tú sigue con tu desinformada autosatisfacción…

      Responder
    • jubilado dice:
      10/10/2013 a las 14:01

      Si algún medio independiente ,del poder financiero,escribe sobre lo que pasa en este país es precisamente, La Marea.

      Responder

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