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El TEDH condena otra vez a España por violar el Convenio de Derechos Humanos

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Sociedad

El TEDH condena otra vez a España por violar el Convenio de Derechos Humanos

El tribunal europeo, que ya ha condenado al Estado español en 11 ocasiones por motivos similares, estima que no se investigaron suficientemente las agresiones perpetradas por la policía durante la manifestación ‘Rodea el Congreso’.

Varios antidisturbios golpean a manifestantes durante el 25-S. FERNANDO SÁNCHEZ
La Marea
09 marzo 2021 Una lectura de 3 minutos
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó hoy al Estado español por la violación, por parte de agentes de la policía, del Convenio de Derechos Humanos durante la manifestación Rodea el Congreso, el 25 de septiembre de 2012.

Lo que la corte europea ha puesto de manifiesto es la reticencia de la Justicia española a investigar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE). Entonces, en 2012, hubo denuncias por la fuerza desmedida utilizada contra los manifestantes, pero diferentes instancias judiciales españolas decidieron obviarlas. Así nació el llamado “caso López Martínez contra España”, en el que la demandante tuvo que ir hasta Estrasburgo (sede del TEDH) para que alguien considerara su caso.

Lo que denunció fue la violencia y el trato denigrante ejercido por los agentes contra unos manifestantes que se refugiaron de las cargas policiales en un bar cercano al Congreso. La afectada acabó con heridas en la cabeza por los golpes de porra recibidos. El Juzgado de Instrucción número 10 de Madrid aseguró que no se podía identificar a los agentes, por lo que sobreseía el caso.

La Audiencia Provincial de Madrid, siguiendo el mismo criterio, no creyó necesario investigar más el asunto. La demandante realizó entonces un recurso de amparo al Tribunal Constitucional, que consideró que no podía entrar a juzgar el incidente al no haberse producido, a su entender, ninguna violación de un derecho fundamental. Ha tenido que ser un tribunal de la Unión Europea el que estudie el caso y el que falle a favor de la demandante.

La sentencia se apoya en el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que dice que “nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”. El tribunal indica en su escrito que las autoridades del Estado deberían haber realizado “una investigación profunda y efectiva” que condujera “a la identificación y a la sanción de los responsables”, cosa que no hizo. Y, además, que la demandante debe “recibir una indemnización o, al menos, poder solicitar y obtener una indemnización por los daños que le hayan causado los malos tratos”.

Así pues, el tribunal ha condenado al Estado español a pagar a la demandante 1.000 euros, en el plazo de tres meses, por “daño moral”.

España, un país con antecedentes

No es, ni mucho menos, la primera vez que el TEDH falla en contra del Estado español. Lo ha hecho en 11 ocasiones anteriormente, como explicaba Óscar F. Civieta en el dossier Los anticuerpos del orden, publicado en el número 79 de La Marea. En 10 de ellas el motivo fue “no investigar de manera suficiente las denuncias de torturas y/o malos tratos por parte de personas detenidas”.

Sin ir más lejos, el pasado 6 de octubre el TEDH condenó a España por el “uso excesivo de la fuerza” en el curso de otra manifestación. Ocurrió en Valladolid, en 2014, y la afectada fue una manifestante que recibió un golpe de porra en la cabeza durante una protesta contra los recortes sociales del Gobierno organizada por la Asociación Parad@s en Movimiento. Dos años después de la agresión, el Instituto de Medicina Legal de Valladolid determinó, a causa las lesiones sufridas, la incapacidad permanente de la mujer golpeada.

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Comentarios
  1. Obviedades. dice:
    10/03/2021 a las 11:26

    Todo el mundo sabe, a la perfección, que eso lo que implica son zonas completamente oscuras en las que si se llega a los malos tratos y/o torturas van a quedar completamente impunes por regla muy muy general.

    Responder

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