Política
Los ‘secretos’ actuales que el Gobierno no quiere desvelar
CIVIO emprendió una batalla en los tribunales para conocer el código fuente del algoritmo que decide quién recibe el bono social y que ha acumulado fallos. El Supremo está pendiente de emitir una sentencia.
El Gobierno acaba de aprobar un proyecto de ley para desclasificar los secretos del franquismo y la Transición. Y, si la norma sigue adelante, es probable que se conozca lo que la familia de Manuel José García Caparrós lleva pidiendo décadas: saber quién mató de un disparo al joven asesinado el 4 de diciembre de 1977 en Málaga, durante la manifestación multitudinaria por la autonomía andaluza. Hasta ahora, este nombre ha permanecido oculto amparado en la ley franquista de secretos oficiales, a la que el Gobierno también se ha agarrado en ocasiones para despachar cuestiones que debía responder atendiendo a la Ley de Transparencia. Todo un oxímoron.
En 2021, por ejemplo, La Marea solicitó al Ministerio de Defensa los expedientes de investigación, en el caso de haberlos, por distintos comportamientos fascistas dentro de las Fuerzas Armadas. Los hechos se remontaban a 2019: al ritmo de un himno de la División Azul y dentro de un recinto militar en Paracuellos del Jarama, varios militares vestidos de calle hacían el saludo nazi durante la festividad de la Inmaculada Concepción, patrona de las tropas de Infantería. Un año más tarde, y después de que este medio lo desvelara, Defensa sancionó a tres militares por una falta leve.
¿En qué consistió el apercibimiento? El Gobierno echó mano de la ley franquista para no responder. En ese caso, el Consejo de Transparencia confirmó que constituía una excepción al derecho de acceso a la información pública.
El texto aprobado por el Gobierno también deja algunas lagunas preocupantes: incluye multas de hasta 2,5 millones para quienes difundan o reproduzcan información clasificada como “secreto” o “alto secreto”, que puede afectar al ejercicio de la profesión periodística. Un ejemplo: Wikileaks, el caso que llevó a la persecución judicial de Assange.
Pero no hay que irse tan lejos ni a ‘grandes’ informaciones de las entrañas del sistema. La falta de transparencia está en cuestiones claves del día a día. Este mismo julio se ha celebrado en el Supremo una vista oral en la que está en cuestión el derecho de información pública. Es otro tipo de secreto, también oficial, que afecta directamente a la ciudadanía y a su derecho a recibir ayudas públicas: se trata del algoritmo que selecciona quién debe obtener el bono social para pagar la luz. CIVIO publicó en 2019 una investigación que mostraba que ese algoritmo, denominado BOSCO, fallaba y que estaba negando la prestación a personas que tenían derecho a ella.
La transparencia algorítmica de CIVIO
CIVIO llevó su reclamación a los tribunales y, tras varias instancias, ha llegado al Tribunal Supremo, que tendrá que decidir ahora si esa información debe ser o no pública.
«La relevancia de este caso es evidente hasta para el propio abogado del Estado que, al final de la vista, al ser cuestionado por los magistrados de la sala, ha reflexionado: ‘Si se concede este acceso a BOSCO, ¿habría que conceder el acceso al código fuente de otras aplicaciones informáticas, como Lexnet o Minerva? Es evidente que no’. En CIVIO creemos justo lo contrario, que es evidente que sí. Que cualquier algoritmo público que tome decisiones que nos afectan, o ayude a tomarlas, debe ser transparente, excepto aquellas partes del código que puedan dañar, pero de forma argumentada y real, a otros derechos superiores a proteger, como la seguridad y la privacidad», explican en su página web, donde puedes consultar en detalle el caso.
CIVIO pone como ejemplo de transparencia algorítmica la reciente sentencia del Constitucional colombiano. En 2020, el abogado Juan Carlos Upegui Mejía solicitó conocer el código fuente de la aplicación CoronApp, una herramienta para controlar los casos de COVID-19.El abogado sostenía que ese algoritmo era información pública y, como en España, la administración colombiana rechazó su petición. No obstante, la Corte Constitucional colombiana ha determinado que el acceso al código fuente es «una garantía fundamental para evitar que estas tecnologías lleven a la vulneración de otros derechos fundamentales”.