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MONGOLIA: una sentencia injusta y extemporánea

La Plataforma de Medios Independientes rechaza la condena a la revista satírica, un ataque del Supremo a la libertad de expresión y al derecho de crítica

Comentarios
  1. Pero al margen de otras disquisiciones y juicios de valor de la sentencia del TS -tan acostumbrados a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea abofetee su particular manera de interpretar las leyes-, expongo a continuación una duda: ¿el motivo de la condena a Mongolia no es por utilizar la imagen del matarife en un cartel promocional para un espectáculo musical con fines comerciales?

    «Los jueces del Supremo destacan que la revista usó su imagen para fines comerciales sin su permiso y que además su imagen «se usó única y exclusivamente para publicitar un espectáculo musical y, por lo tanto, como mero reclamo para vender entradas y buscando el beneficio económico».

    https://cadenaser.com/ser/2020/12/22/tribunales/1608651612_553653.html

    Ejemplo: si una fábrica de ropa interior y suspensorios utilizase la imagen de Charlize Theron y de George Clooney sin su permiso para promocionar el negocio, caso de ser condenado, ¿podría el dueño de la fábrica quejarse por sentir atacado su derecho a la libertad de expresión o de crítica? (recordemos el «caso Mongolia»: la imagen no era ni portada ni contenido de la revista, sino el cartel promocional de su espectáculo musical).

    Si alguien pudiera ofrecer algo más de claridad sobre el asunto, agradecido quedaría.

    Salud.

  2. Tenemos, digámoslo abiertamente, un sistema judicial con extensisimas reminiscencias franquistas. No se depuró cuando había que hacerlo y se nota. Judicatura, policía y ejército están trufados de personajes añorantes de la dictadura. Para cuando su renovación en profundidad? Nos va la democracia en ello.

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