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Hidroeléctricas insaciables en Guatemala

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Hidroeléctricas insaciables en Guatemala

Una investigación sobre dos proyectos hidroeléctricos en Guatemala evidencian la vulneración múltiple y sistemática de los derechos humanos y el entramado de un régimen de impunidad y desprotección de la población indígena.

OMAL
10 noviembre 2016 Una lectura de 6 minutos
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Antonio Rodríguez-Carmona y Elena de Luis Romero* // Guatemala cuenta con una gran dotación de fuentes de agua dulce y un potencial hidroeléctrico que ha hecho que el país se consolide como una plataforma de producción de energía barata para el resto de la región. Además, existe un generoso régimen de deducciones fiscales, exoneraciones aduaneras e incentivos administrativos que hacen que la inversión en este sector sea muy rentable para empresas, tanto nacionales como transnacionales. Un negocio muy atractivo para las oligarquías, que han diversificado sus negocios renovando sus estrategias de reproducción del capital. Pero también para el capital transnacional, que en muchos casos articula alianzas locales para promover proyectos de generación hidroeléctrica, y en otros participa como contratista en alguna fase de las obras.

Estos megaproyectos se insertan en una dinámica social de gran sensibilidad, puesto que muchas de las zonas donde se desarrollan carecen de servicios básicos, como energía o agua. Desde la privatización del sector eléctrico en los años noventa hay una gran conflictividad en las áreas rurales debido a la baja cobertura, baja calidad del servicio y tarifas abusivas por parte de las empresas de distribución eléctrica, en muchos casos en manos de capital extranjero.

Esta ausencia de una política efectiva de electrificación en las zonas rurales, así como de cobertura y acceso al agua potable, afecta especialmente a determinadas zonas del país, implicando un acto de discriminación estructural por parte del Estado guatemalteco hacia la población indígena, que ya de por sí establece un marco de condiciones muy delicadas a la hora de propiciar la aceptación de proyectos hidroeléctricos que no dejan beneficios tangibles en las comunidades en que se implementan y sin embargo, dejan enormes costes y daños sociales y ambientales.

Mientras todos los países de la región han hecho avances extraordinarios en legislar a favor de la inversión extranjera, así como en desregular y dar facilidades a la entrada de capital extranjero, sigue siendo muy débil el marco de protección del derecho humano al agua y al saneamiento, al igual que los derechos colectivos de los pueblos indígenas, como el derecho al territorio, el derecho a la consulta libre e informada, o el derecho a la no discriminación, con retrocesos significativos durante el anterior gobierno de Pérez Molina.

Este punto de partida, junto con la expansión de las empresas extractivas en busca de recursos naturales en otros países, reproducen patrones colonizadores y, en ausencia de un marco protector, derivan en el acaparamiento de recursos y generan violaciones dramáticas de los derechos humanos, atentando contra los principios más elementales de la reproducción de la vida tanto de personas como de comunidades en situación de vulnerabilidad.

La globalización del capital y el desarrollo de los mecanismos que favorecen y facilitan su acumulación se hace al margen de adecuados marcos de análisis de impacto social y ambiental y al margen de los derechos humanos. A pesar de los avances y compromisos internacionales, estos siguen quedando fuera del marco regulador de la inversión extranjera, de los tratados comerciales y, en algunos casos, de las políticas de cooperación.

Las violaciones de derechos humanos se producen a menudo en contextos acompañados de una arquitectura jurídica de la impunidad y de protección del comercio y las inversiones, con estructuras de poder que en muchos casos se alían con las empresas para proteger sus intereses por encima de los de la población.

Una investigación que acaba de publicarse ha abordado esta problemática en Guatemala a partir del análisis de dos estudios de caso, el proyecto Cambalam de Hidro Santa Cruz en Barillas y el complejo hidroeléctrico Renace en Carchá. Las conclusiones de ambos casos evidencian la vulneración múltiple y sistemática de los derechos humanos que va asociada a este tipo de proyectos, y al mismo tiempo el entramado tan complejo y bien organizado de un régimen de impunidad y de desprotección de la población indígena.

En ambos casos se detectaron factores vulneradores del derecho a la consulta libre e informada, con insuficiente información, coacciones y amenazas, e incluso represalias por parte del ejército y la policía, pero también vulneración del derecho al agua y al saneamiento, con acciones de privatización del uso del río, que en la cosmovisión indígena es elemento articulador del territorio.

Se ha evidenciado también la estrategia deliberada de criminalización y de persecución judicial a líderes comunitarios e indígenas que se oponen a los proyectos hidroeléctricos y que defienden el territorio y los derechos de las poblaciones afectadas, junto a un clima de desprotección que ha afectado sobre todo a las mujeres. Esta investigación permitió recoger indicios del clima de temor, sometimiento y discriminación, y abuso de autoridad, que ha impedido los derechos de participación, expresión y libertad de movimiento por parte de las personas de estas comunidades.

Se han recogido testimonios de agresiones sexuales a mujeres en el marco de la gran conflictividad que generaron ambos proyectos hidroeléctricos, que requerirían seguir siendo investigadas en profundidad. En el caso de Hidro Santa Cruz (Barillas), han sido siete causas judiciales abiertas contra líderes comunitarios, llegando a emitirse hasta 65 órdenes de captura. Muchos líderes han sido encarcelados a partir de procesos indebidos plagados de vicios procesales, detenciones arbitrales e irregularidades que incluso fueron señaladas por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas. Los errores cometidos por la justicia no han conllevado reparación del enorme daño causado a las víctimas.

La investigación ha visibilizado el rol de estas empresas, que incurren en modelos de negocio, estrategias empresariales y prácticas comunitarias que vulneran los derechos de la población, eludiendo el deber de transparencia y control social de los impactos sociales y ambientales, y generan además división y desarticulación del tejido social: compras de tierras con engaños, apoyos sociales condicionados a la aceptación del proyecto, infiltración en las asambleas comunitarias… Hidro Santa Cruz contrató a un exmilitar condenado por delitos de narcotráfico como responsable del área social de la empresa y en Carchá se denunció incluso la posible participación de personal directivo de Renace en la desaparición de una persona de la comunidad.

La renovación de las estrategias de responsabilidad social empresarial, con discursos más elaborados, sirve para encubrir en muchos casos la enorme conflictividad asociada a este tipo de proyectos. Y esta impunidad en las actuaciones empresariales se acompaña del incumplimiento del Estado de sus obligaciones de respetar, proteger y hacer cumplir los derechos humanos, en muchos casos poniendo incluso instituciones estatales al servicio de los intereses de las empresas, por encima de los derechos de la población.

Mientras tanto, desde los años setenta hay un debate en Naciones Unidas sobre la necesidad de crear normas obligatorias para empresas transnacionales en derechos humanos. Los Principios Rectores sobre empresas y derechos humanos, más conocidos como Principios Ruggie, fueron aprobados por el Consejo de Derechos Humanos en 2011 y pretenden aportar elementos de reflexión sobre un marco de protección de los derechos humanos por parte de las empresas que incorpore los criterios de protección, respeto y remedio así como el ejercicio de la debida diligencia. Sin embargo, no son de carácter vinculante ni cuentan con mecanismos para su exigibilidad.

En 2014, se aprobó en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU la creación de un grupo de trabajo para la elaboración de un instrumento internacional que sea jurídicamente vinculante y que aborde la responsabilidad extraterritorial de las empresas transnacionales. Es un reto pendiente, y cada vez más necesario.

* Antonio Rodríguez-Carmona y Elena de Luis Romero, autores de la investigación Hidroeléctricas insaciables en Guatemala. Una investigación del impacto de Hidro Santa Cruz y Renace en los derechos de los pueblos indígenas.

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