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Cataluña aprueba una ley pionera contra la discriminación a las personas LGTB

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Cataluña aprueba una ley pionera contra la discriminación a las personas LGTB

Por primera vez, una ley en España prevé sanciones por discriminación contra las personas gays, lesbianas, bisexuales y transexuales. La ley se ha aprobado por consenso de todos los partidos excepto PP y Unió

Brais Benítez
02 octubre 2014 Una lectura de 4 minutos
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BARCELONA // El Parlament de Catalunya ha aprobado este jueves -por una amplia mayoría- una ley pionera en todo el Estado para garantizar los derechos de las personas gays, lesbianas, transexuales y bisexuales y para la erradicación de la discriminación contra estos colectivos. Es la primera ley sobre este ámbito que se aprueba en todo el Estado que incluye sanciones por discriminación hacia personas gays, lesbianas, transexuales y bisexuales (LGTB), y procede de una iniciativa legislativa popular (ILP) presentada por el Consejo Nacional LGTB. El pleno parlamentario ha vivido una gran carga de emotividad por parte de las organizaciones LGTB que lo han seguido desde la bancada de invitados. Tras finalizar la votación, los diputados se han girado hacia estas para iniciar un largo aplauso. “Por fin se castigará la homofobia y se acabará la impunidad”, han valorado las entidades al finalizar la sesión.

La ley ha sido aprobada con el apoyo todos los partidos (CiU, PSC, ERC, ICV-EUiA, Ciutadans y CUP-AE) excepto el PP. Unió Democràtica de Catalunya (UDC), sin embargo, ha rechazado algunos de los puntos de la ley, escenificando la división de CiU sobre esta materia. Mientras el PP ha votado en contra de toda la ley, Unió lo ha hecho únicamente contra los artículos que hacen referencia al régimen de infracciones y sanciones, su aplicación en la educación, y la inversión de la carga de prueba. Este último punto es uno de los más destacados, puesto que aplica el principio de que, como ya sucede en otras legislaciones sobre discriminación por razón de género o raza, no es la presunta víctima de discriminación la que debe probar los hechos, sino la persona acusada quien debe demostrar que no ha discriminado. Ello responde a las dificultades que suelen haber para demostrar haber sido víctima de discriminación.

En el capítulo de infracciones, como ha destacado durante su intervención la diputada de Ciutadans Inés Arrimadas, las tipificadas en la ley no entran en colisión con lo ya previsto en el Código Penal. Es decir, que si las infracciones pueden ser constitutivas de delito o falta, éstas se seguirán judicializando bajo el Código Penal. Por lo que respecta al resto, el texto legal identifica infracciones leves, graves y muy graves.

Sanciones a la discriminación

Las infracciones leves, entre las que se incluyen, entre otras, emitir mensajes subliminales en los medios que inciten a la homofobia o la transfobia, o un comportamiento verbal que demuestre burla o menosprecio hacia una persona de la comunidad LGTB por causa de su orientación sexual, prevén sanciones de entre 132 euros y 2.276 euros.

Entre las infracciones graves se contemplan declaraciones ofensivas que denoten homofobia, lesbofobia o transfobia, comportamientos físicos agresivos hacia objetos o propiedades de personas LGTB por causa de su orientación sexual, un comportamiento diferenciado hacia personas LGTB del que se daría en caso de personas heterosexuales -también desde la Administración pública-, escritos discriminatorios, u obstaculizar el acceso a un puesto de trabajo o el ascenso laboral por razones de orientación sexual. Para estas infracciones se prevén multas de 2.276 euros a cerca de 8.000, inhabilitación de hasta cinco años de la actividad de la empresa donde se haya cometido la infracción, y prohibición de financiación pública por un periodo de dos años.

Las infracciones muy graves incluyen, entre otros aspectos, los comportamientos físicos agresivos hacia personas LGTB o familiares de estas por causa de su orientación sexual o identidad de género y la difusión de mensajes que inciten al odio hacia la comunidad LGTB desde los medios de comunicación, y contemplan multas de 8000 euros a 16.000 euros, inhabilitación definitiva o por un periodo superior a cinco años de la empresa donde se haya cometido la infracción, y veto a la financiación pública durante más de dos años.

Oposición de la Iglesia

El capítulo de las infracciones es el que ha generado un mayor rechazo entre los sectores católicos. La conferencia episcopal de Tarragona había expresado su “preocupación” por una proposición de ley que calificaron de “desacertada”. Cabe recordar las declaraciones homófobas que en enero de 2012 efectuó el arzobispo de Tarragona, Jaume Balcells, al sostener de la comunidad homosexual que “su comportamiento no es adecuado para la sociedad”, unas declaraciones que entonces quedaron impunes pero que serían causa de infracción con la ley hoy aprobada.

El texto legal incluye medidas transversales en ámbitos diversos como la educación, la salud, el mercado de trabajo, la cultura, el deporte o la tercera edad. Por ejemplo, incluir en los currículums escolares el conocimiento de las diversidades sexuales y afectivas y los diversos modelos de familias, garantizar la igualdad en la participación en competiciones deportivas, controlar que los contenidos en los medios, así como la publicidad, sean respetuosos con las personas LGTB, o eliminar los sesgos de género a la hora de determinar las políticas de investigación. Asimismo, se establece que “se deberán elaborar periódicamente estadísticas relativas” a la persecución administrativa y penal de las agresiones homófobas.

Las entidades LGTB han convocado una jornada festiva este jueves muy cerca del Parlament, en la glorieta del Parc de la Ciutadella donde en 1991 murió asesinada a manos de un grupo neonazi una mujer transexual, Sonia, y que hoy lleva su nombre.

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