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Legislación en Grecia: sólo para mujeres y parejas heterosexuales

Queralt Castillo Cerezuela
27 octubre 2025
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Grecia es uno de los países de la Unión Europea –junto con Portugal, Chipre, Irlanda y Dinamarca– donde la gestación subrogada está permitida, pero sólo de manera «altruista». Este procedimiento está regulado por el Artículo 1458 del Código Civil griego y hasta cuatro leyes (2002, 2005, 2014 y 2022).

La ley griega permite el procedimiento solo para mujeres de hasta 50 años de parejas heterosexuales incapaces de gestar de manera biológica: es decir, mujeres con el síndrome Mayer-Rokitansky, aquellas con malformaciones congénitas en el útero o con miomas u otras enfermedades que hagan el embarazo imposible o peligroso.

A lo largo de los años ha habido diferentes modificaciones de la ley: en 2014 el procedimiento se abrió a parejas extranjeras (una decisión que se reformuló en 2025, como explicamos más adelante); y en 2022 se aumentó la compensación para la gestante (de 10.000 a 20.000 euros en concepto de “gastos razonables”) y se amplió el límite para las madres sustitutas hasta los 54 años.

Por su parte, la gestante, que debe tener entre 25 y 54 años y no haber pasado por más de dos cesáreas, no puede usar sus propios óvulos; y si está casada, debe presentar el consentimiento del marido. Ella no constará en los documentos de nacimiento del bebé, que adquiere inmediatamente la ciudadanía de los contratantes.

La última modificación de la ley es de mayo de 2025, cuando el Gobierno griego presentó y aprobó una enmienda legal que excluye explícitamente del acceso a la gestación subrogada a los hombres solteros y a las parejas masculinas del mismo sexo. Concretamente, en la ley se explicita que la incapacidad de concebir debido al género no se contempla como incapacidad médica para concebir, por lo que se excluye a las parejas de hombres de la subrogada. Antes existía cierta ambigüedad jurídica ya que algunos tribunales habían admitido casos de este tipo, pero la reforma de este año deja claro que la incapacidad para gestar se reconoce solo en mujeres, sin importar su orientación sexual o estado civil, pero nunca en varones. Los requisitos de la heterosexualidad y la vida en pareja ya no son necesarios para la madre de intención.

Esta nueva modificación también contempla la creación de un registro nacional de madres sustitutas y «parejas sociales», aunque al cierre de las últimas informaciones aún no estaba en funcionamiento. Por último, otro de los cambios importantes tiene que ver con la residencia tanto de las gestantes como de las madres de intención: ambas tienen que tener la residencia en Grecia. Eso significa que a partir de ahora, las mujeres o las parejas de fuera de Grecia no podrán iniciar un proceso de gestación subrogada a menos que tenga su residencia legal en el país heleno.

Adicionalmente, las restricciones y condiciones para acceder al procedimiento, así como la obligación de sentencia judicial firme, se mantienen como garantías centrales en el sistema griego. Eso no ha cambiado: a lo largo de estos años, la legislación griega ha perseverado en la obligatoriedad de que estos procedimientos estén aprobados judicialmente y en la prohibición de las agencias intermediarias: tiene que ser la pareja contratante (hoy también una mujer soltera) quien encuentre a la madre sustituta.

En resumen, la principal novedad de 2025 es la prohibición definitiva para hombres solteros y parejas de hombres de recurrir a la gestación subrogada en Grecia, lo que busca detener interpretaciones judiciales previas más permisivas y reforzar el modelo restrictivo centrado en mujeres solicitantes.

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