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El Tribunal de Cuentas vuelve a sancionar a Vox por donaciones irregulares

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Política

El Tribunal de Cuentas vuelve a sancionar a Vox por donaciones irregulares

Le ha impuesto una multa de 50.000 euros por haber recibido o aceptado donaciones finalistas en 2020.

Imagen de archivo (22/07/2025) del líder de Vox, Santiago Abascal. EFE/Mariscal
EFE
31 julio 2025 Una lectura de 2 minutos
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El Tribunal de Cuentas ha sancionado a Vox por tercera vez por su financiación y le ha impuesto una multa de 50.000 euros, por haber recibido o aceptado donaciones finalistas en 2020.

Según ha informado el tribunal en una nota de prensa, el pleno de este organismo ha acordado imponer una sanción al partido liderado por Santiago Abascal por infracción muy grave, prevista en la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, consistente en haber recibido o aceptado donaciones finalistas en la fiscalización de las cuentas anuales del ejercicio 2020.

El pasado abril el mismo tribunal sancionó a Vox con 862.000 euros por haber recibido donaciones no identificadas en efectivo en los ejercicios 2018, 2019 y 2020. Se trataba de ingresos por cajero automático en sus cuentas corrientes. Vox anunció que iba a recurrir al Supremo al considerar que la sanción era injusta y contraria a la ley.

En julio del año pasado el Tribunal de Cuentas le había impuesto otra sanción, de 233.324 euros, por donaciones irregulares con carácter finalista en 2018 y 2019..

Más sanciones

En esta ocasión, el tribunal también ha sancionado a otras tres formaciones políticas: Babord, Compromís Municipal y Elkarrekin por haber superado los límites máximos de gastos electorales en las elecciones municipales del pasado 28 de mayo de 2023, incumpliendo así la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. 

En el caso de Compromís Municipal, informa el Tribunal, también excedió el límite de publicidad electoral regulado en la misma ley. Las dos sanciones que la imponen suman 383.318 euros. Elkarrekin es sancionado con 4.109,82 euros y Babord, con 51.

Las resoluciones adoptadas por el pleno de la institución son susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.

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