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Valencia abre la vía a la cobertura sanitaria a los sin papeles

Hasta el 30 de octubre aquellas personas a las que el RD 16/2012 les dejó sin asistencia pueden solicitar adherirse a un programa de atención sanitaria

Toni Martínez
17 septiembre 2013 Una lectura de 2 minutos
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La Conselleria de Sanidad de Valencia ha puesto en marcha el Programa de Protección de la Salud, dirigido a las personas que se quedaron sin cobertura sanitaria por la aplicación del Real Decreto 16/2012.

Según la circular enviada a los centros de salud, las personas que se registren en este programa tendrán acceso, durante un año, a la asistencia sanitaria gratuita en atención primaria y especializada. Además, dispondrán de un médico de cabecera, podrán solicitar pruebas diagnósticas y deberán abonar sólo el 40% del precio de los medicamentos en las farmacias.

Esta medida únicamente implica la atención en el País Valenciano y no conlleva “el derecho a acceder a la asistencia sanitaria pública e otra comunidad autónoma”.

Para acceder al sistema, se pide que los solicitantes lleven empadronados, como mínimo un año en la comunidad autónoma y que sus ingresos, por unidad familiar, no superen los 9.500 euros anuales.

Desde la Plataforma ‘Jo Sí, Sanitat Universal’ aseguran que la Agencia Valenciana de Salut “debería devolver de forma inmediata y sin necesidad de realizar ningún trámite administrativo la tarjeta sanitaria a todas las personas”. De hecho, critican que “tal y como están las cosas, va a ser muy difícil que las personas que ya habían quedado excluidas tengan acceso ahora a la información acerca de este programa”. En este sentido recuerdan que el plazo para adherirse al programa termina el 30 de octubre y que “la Conselleria debería hacer para informar debidamente a todas las personas que podrían beneficiarse de él”.

Las personas interesadas deben pedir cita con la trabajadora social del centro de salud que les corresponda por lugar de empadronamiento para que le tramite un documento de inclusión en el programa. Ellos emitirán un informe social y clínico, en los casos que sea necesario, tras el cual se decidirá su inclusión o no en el programa.

Una vez concedido este derecho, se le entregará un documento al paciente que debe enseñar junto con su pasaporte o documento que acredite su identidad cada vez que necesite asistencia sanitaria.

Asimismo, aunque no se reúnan los requisitos exigidos, tal y como señala la circular “si se acredita mediante el informe médico que presenta alguna de las enfermedades de declaración obligatoria, infecto contagiosas o mentales […] se iniciarán los trámites para ser incluidos en este programa mientras persista la patología que dio origen a su inclusión”.

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